Ayudas para formación destinadas a la cualificación y recualificación en competencias laborales
El Departamento de Empleo, Ciencia y Universidades ha ampliado el plazo de solicitud de las ayudas destinadas a la cualificación de personas ocupadas y desempleadas, vinculadas a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en sectores estratégicos, para empresas, asociaciones empresariales y entidades sin ánimo lucro, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Next Generation EU. ORDEN EMC/836/2024 – BOA 30/07/24
Beneficiarios
- Línea 1: Empresas, agrupaciones empresariales y entidades sin ánimo de lucro para desarrollar acciones formativas de sectores estratégicos.
- Línea 2 y Línea 3: Entidades de formación para desarrollar acciones formativas destinadas al cuidado de personas y entidades de formación para desarrollar acciones formativas dirigidas a personas residentes en municipios con menos de 20.000 habitantes.
Requisitos beneficiarios
Todos los beneficiarios que desarrollen proyectos formativos deberán disponer de los medios personales y materiales para llevar a cabo los proyectos o comprometerse a disponer de los mismos tras la adjudicación de la subvención, y en todo caso, en el momento del inicio de la formación.
Las empresas, agrupaciones de empresas y entidades sin ánimo de lucro podrán subcontratar y realizar sus proyectos a través de entidades de formación, públicas o privadas, debidamente inscritas en el registro de entidades de formación correspondiente.
Las entidades de formación beneficiarias de subvenciones previstas en las Líneas 1c, 2 o 3, tendrán que estar inscritas en el Registro de Centros Colaboradores en materia de Formación e Inserción Profesional de Aragón o, en su caso, en el Registro Estatal de Entidades de Formación y deberán ejecutar las acciones formativas por sí mismas, no pudiendo subcontratar las mismas.
Requisitos de las acciones formativas
- Las acciones formativas estarán dirigidas a personas trabajadoras ocupadas y desempleadas inscritas en el INAEM como demandantes de empleo, o en otro SEPE.
- Deben estar referenciadas en sus contenidos formativos a una unidad o unidades de Competencia de las Cualificaciones Profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
- Se impartirán en modalidad presencial o teleformación.
- Tendrán, con carácter general, una duración mínima de 30 horas y máxima de 60 horas.
Cuantías
Las acciones formativas de 30 horas tienen un módulo económico por persona formada de 245 euros y las acciones formativas de 60 horas de 549 euros. Las acciones que tengan una duración intermedia tendrán una asignación de 10,13 euros/hora por persona formada.
Plazos
Las acciones formativas deberán realizarse antes del 30 de abril de 2025. Y el plazo de presentación de solicitudes finalizará el 10 de septiembre de 2024.
Impresos de solicitud y convocatoria completa en el siguiente enlace.